Fundamentos del proceso
Principios que hacen posible el cambio colectivo.
El proceso ciudadano constituyente es el mecanismo mediante el cual la ciudadanía define el marco político, jurídico e institucional en el que decide organizar su vida colectiva. Constituye un ejercicio directo de soberanía, basado en la participación efectiva, la transparencia y el control público del poder.
Este proceso se integra en una hoja de ruta de transición política inspirada en experiencias históricas de transformación institucional en Francia, Rusia, Portugal, Túnez e Islandia, caracterizadas por la transición desde estructuras de poder existentes hacia modelos legitimados por la ciudadanía.
El modelo excluye la participación de partidos políticos como estructuras de intermediación del poder. La representación se articula exclusivamente a través de asambleas ciudadanas.
Asimismo, se establecen principios de integridad estrictos:
cualquier intento de manipulación, sabotaje del proceso o actuación al servicio de intereses ajenos al mandato ciudadano será expuesto públicamente y sometido a mecanismos de responsabilidad.
1. Información y deliberación ciudadana
Se abrirá una fase amplia, real y sin restricciones indebidas de información pública y debate social sobre las distintas alternativas institucionales. Durante esta fase:
- No intervendrán estructuras partidistas ni canales de propaganda organizados
- Se garantizará el acceso a enfoques diversos sobre modelos políticos, económicos y sociales
- Se promoverán debates abiertos en asambleas, espacios públicos y canales independientes
El objetivo es asegurar una participación informada, libre de distorsiones, en la que la ciudadanía pueda evaluar de forma crítica las distintas opciones y definir el modelo que desea.
2. Transición y gobierno provisional
Tras la fase deliberativa, se iniciará el periodo constituyente mediante el cese del gobierno vigente y la constitución de un gobierno provisional. Este gobierno será designado desde las asambleas ciudadanas y tendrá funciones estrictamente limitadas a:
- Garantizar el funcionamiento de los servicios esenciales
- Mantener la estabilidad institucional básica
- Facilitar el desarrollo del proceso constituyente
No podrá:
- Adoptar decisiones estructurales irreversibles
- Comprometer la soberanía futura
- Actuar fuera de su mandato limitado
Su duración será temporal (máximo cuatro años) y estará sometido a supervisión constante. Cualquier intento de sabotaje del proceso, interferencia externa o actuación orientada a desestabilizar esta fase será denunciado públicamente y sometido a mecanismos de control y responsabilidad legal.
3. Redacción constitucional
Una comisión redactora elaborará el proyecto de nueva Constitución, integrando:
- Conocimiento técnico
- Representación directa de las asambleas territoriales
Su función será trasladar al plano jurídico las decisiones emanadas de la deliberación ciudadana. El texto deberá garantizar:
- Derechos fundamentales efectivos
- Separación real de poderes
- Mecanismos de participación directa (revocación de cargos, referendos vinculantes)
- Control ciudadano sobre las instituciones
Los participantes en el proceso deberán actuar con plena independencia respecto a intereses externos. Se establecerán mecanismos para:
- Detectar conflictos de interés
- Exigir transparencia en las posiciones y actuaciones
- Sustituir a cualquier participante que actúe en contra del mandato ciudadano
Las conductas orientadas a influir en el proceso en beneficio de intereses particulares o ajenos al interés general serán consideradas una vulneración grave del proceso y tratadas como tal dentro de los mecanismos establecidos.
La Constitución incorporará la ley consuetudinaria como fuente del derecho basada en los usos y costumbres aceptados por la comunidad. Este principio tiene precedentes tanto en sistemas como el de Estados Unidos como en la tradición jurídica española, donde históricamente coexistieron normas consuetudinarias (fueros territoriales, normas comunitarias locales). El Código Civil de 1889 reconoce la costumbre como fuente supletoria del derecho, siempre que no contradiga el orden público ni la moral.
4. Referéndum constitucional
El texto resultante será sometido a referéndum vinculante para su aprobación, una vez finalizado el periodo de información y debate. El sistema de votación deberá garantizar:
- Transparencia
- Trazabilidad
- Verificabilidad pública
- Integridad de los resultados
Para ello, se podrán emplear tecnologías avanzadas, como sistemas basados en blockchain, orientadas a reforzar la confianza y la auditoría ciudadana del proceso.
5. Implementación y control del nuevo sistema
Tras la aprobación de la Constitución, se procederá a la implementación del nuevo marco institucional mediante la designación de un gobierno gestor compuesto por perfiles profesionales. Este gobierno estará sometido a:
- Auditorías externas periódicas
- Rendición de cuentas continua
- Supervisión directa de las asambleas ciudadanas
Las asambleas mantendrán un papel activo en el control del poder y en la vigilancia del cumplimiento del mandato ciudadano.
Principios del modelo
- Soberanía directa de la ciudadanía
- Ausencia de estructuras partidistas como intermediarios del poder
- Transparencia y control permanente
- Responsabilidad ante cualquier intento de manipulación o interferencia
- Participación activa en todas las fases del proceso